¿Qué hacer con el Convento de las Dominicas? (IV)

Lo cierto y verdad es que no es la primera vez que se somete a la consideración del ayuntamiento qué hacer con el edificio del convento de las Dominicas y el suelo en el que se levanta. En los últimos quince años han sido varias las propuestas que se han planteado, de modo más formal o informal, en el Consistorio leioaztarra para dar una viabilidad a ese suelo. Y las propuestas las han planteado quienes por ley pueden hacerlo: bien sus legítimas propietarias, las monjas o sus representantes, bien quienes tenían una expectativa de serlo por estar interesados en su compra y querían definir el futuro de ese suelo antes de desembolsar el precio pretendido. Vamos, lo que haríamos usted y yo, y cien de cada cien personas, de estar en la misma posición. 

Porque una vez es evidente que allí nadie va a querer reactivar un convento con fines religiosos, es absolutamente normal que haya habido varios interesados, empezando por quienes ostentan su propiedad, en conocer qué podría hacerse a partir de la existencia del convento y su reutilización, o incluso con su derribo, para posterior aprovechamiento de ese suelo.  O, dicho de otro modo, qué proyecto sería planteable al Consistorio, dado que es indispensable contar con el consiguiente aval municipal para poder instar la Modificación Puntual de Planeamiento que permita su desarrollo.  

NO rotundo del ayuntamiento a hacer viviendas

Desde el ayuntamiento leioaztarra dicen que el consistorio, sus técnicos municipales y los responsables del gobierno municipal, han venido escuchando a lo largo de todo este tiempo varios planteamientos por parte de la propiedad y/o futuros compradores que le instaban a permitir una modificación de planeamiento que permitiera crear una promoción de viviendas de lujo en la zona.  Unas excelentes viviendas adosadas con excelentes vistas al mar. Y que la negativa del Ayuntamiento ha sido tajante siempre y en todo caso; no admitido nunca ningún cambio de planeamiento que permitiera ninguna actuación que pretendiera promover viviendas en esa zona. En su día se oyó que, seguramente a modo de presión, en una de las ocasiones, un posible comprador que decía tener un derecho preferente de adquisición adujo que, de no obtener permiso para levantar viviendas, vendería el suelo a una comunidad islámica muy interesada en utilizar el convento para elevar una mezquita. El ayuntamiento, a la vista está, no varió su postura. Finalmente, el propietario desistió de su intención y en nada quedó la pretendida mezquita, así como la promoción de viviendas.

Asentada la negativa reiterada a poder viabilizar modificaciones de planeamiento que contemplaran desarrollos de viviendas, y habida cuenta de los requerimientos de sus dueños, las Dominicas, y de sus posibles compradores interesados en poder saber qué era posible hacer con ese suelo, las autoridades municipales aceptaron en su día  poder considerar proyectos que desarrollaran usos de carácter equipamental, esto es, equipamientos públicos o privados de naturaleza educativa, sanitaria, asistencial, hostelera, deportiva. Esto es, el ayuntamiento podía estar dispuesto a estudiar una modificación de planeamiento urbanístico que posibilitara reconvertir ese convento en un centro educativo, en una clínica, en una residencia, en un hotel, en un centro deportivo, etc. 

Otras opciones

De hecho, antes del proyecto actual de centro deportivo, por el Ayuntamiento de Leioa han pasado varios potenciales emprendedores con otros tantos proyectos. Ha habido una propuesta de acometer un hotel, otra para albergar un gran centro educativo privado, así como varios intentos de instalar una residencia para personas mayores. Incluso una clínica, también privada. Todos han sido en vano. En ningún caso los planteamientos han alcanzado la maduración y desarrollo suficiente para poder solicitar del consistorio una modificación de planeamiento. Finalmente, por unas razones u otras (las más de las veces por desacuerdo entre propietarias y compradores en precio del convento, anexos y suelo), los inversores han decidido abandonar la idea y el convento se ha ido degradando cada vez más. 

Y así hasta la actualidad, cuando se ha presentado una propuesta de poner en funcionamiento un centro deportivo que, al parecer y dado el acuerdo entre propiedad y comprador, de ser así aceptada por el consistorio y, en consecuencia, avalada por una modificación de planeamiento, tendría solventes visos de hacerse realidad. Y ha sido entonces cuando, en consecuencia, el Ayuntamiento ha dado el paso de instar favorablemente la aprobación de una Modificación Puntual del Planeamiento realizada en 2019 en cuanto a su Aprobación Inicial y finales de 2020 en cuanto a la Aprobación Provisional, una vez la primera fue sometida a exposición pública y periodo de alegaciones.

La COTPV, maxima autoridad en materia de ordenación territorial, da su placet

La Aprobación Provisional del ayuntamiento debía ser presentada ante el órgano legalmente habilitado, la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco (COTPV), encargado de velar por la legalidad en materia de urbanismo y ordenación territorial en Euskadi, para que emitiera su informe, que es preceptivo y vinculante. Hecho ello, acaba de conocerse y publicitarse por la revista municipal que este informe ha sido favorable a la Modificación Puntual de Planeamiento aprobada por el ayuntamiento. Y es un informe que ha debido tener en cuenta, además, las consideraciones de las autoridades sectoriales medioambientales, de aguas (URA), así como los que fuere necesario recabar.   

Quiere esto decir que, a fecha de hoy, la modificación de planeamiento municipal para posibilitar la implantación de un centro deportivo en los suelos que albergan el convento de las Dominicas y sus anexos, y todo ello aprovechando el propio edificio y permitiendo su ampliación, cuenta con todos los parabienes legales posibles. De todas y cada una de las instituciones que por ley deben de ser consultadas y cuyas autorizaciones son necesarias. Resta por tanto, únicamente, que el Ayuntamiento apruebe definitivamente la Modificación Puntual de normativa urbanística.

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